Área jurídica particulares

Profesionales especializados en

Área jurídica.

Herencias y donaciones

Varios profesionales especializados en Herencias, Donaciones y otras especialidades del Derecho de Familia que pueden ofrecer a los clientes la mejor solución en esos momentos especialmente delicados.

Nuestro equipo se encargará de realizar los posibles planteamientos ante los distintos escenarios de la transmisión, con el fin de conseguir el mejor resultado para el cliente. Nos encargamos de todas y cada una de las partes del proceso, de manera que el cliente pueda desentenderse completamente del problema. Además, de la gestión y tramitación global de la herencia, tanto de los trámites previos como los posteriores a la aceptación y partición, tales como: 

  • Obtener los certificados de Defunción, Últimas Voluntades y de Seguros, y solicitar copia autorizada del testamento. 
  • Recopilar la documentación necesaria para instar la Declaración de Herederos en caso de que no exista testamento. 
  • Preparar el Cuaderno Particional y asistencia, en su caso, a Notaría para la firma de la escritura de herencia. 
  • Liquidación del Impuesto de Sucesiones y del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Inmuebles de Naturaleza Urbana, e inscripción en los Registros Públicos correspondientes. 
  •  Desbloqueo de cuentas corrientes y demás productos bancarios. 

También podemos asistirte en aquellos procedimientos judiciales necesarios para la partición de la herencia tales como:

  • Procedimientos judiciales de división de herencias y particiones extrajudiciales
  • Impugnación de herencia. 
  • Reclamaciones de legítimas y de herencias.

Derecho de Familia

Contamos con profesionales especializados en el Derecho de familia que puede ofrecerte un asesoramiento integral en los siguientes procesos: 

  • Procesos de separación, divorcio y nulidad de matrimonio, así como modificación de medidas ya adoptadas. 
  • Procesos de Medidas relativas a hijos (custodia compartida, pensiones, entre otros)
  •  Reclamación-ejecución dineraria (impago de pensiones alimenticias, de actualizaciones de IPC, del impago de los gastos extraordinarios y demás medidas económicas inherentes a los hijos) 
  • Reclamación-ejecución no dineraria (incumplimiento del régimen de visitas, incumplimiento de las comunicaciones, incumplimiento de los periodos vacacionales, así como cualesquiera medidas recogidas en resolución judicial) 
  • Procedimientos incidentales de conflictos en el ejercicio de la patria potestad y medidas urgentes de protección/restitución de menores.
  • Procesos de Liquidación del Régimen Económico Matrimonial. 
  • Capitulaciones matrimoniales.
  • Procesos de filiación, maternidad y paternidad 
  • Incapacitaciones: Tutela y curatela.
  • Desamparo de menores

Contratación

Asesoramos a nuestros clientes en las negociaciones relativas a la celebración de contratos, dotando de seguridad jurídica las decisiones de nuestros clientes e interviniendo en la redacción integral del contrato del que se trate.

  • Compraventas de bienes muebles e inmuebles, así como permutas.
  • Arrendamientos rústicos y urbanos. 
  • Propiedad horizontal.
  • Cambio de obra.
  • Cualquier otro contrato en el ámbito civil.

Concursal: Ley de segunda Oportunidad

Los artículos 89 a 92 de la Ley Concursal, destacan que la deuda tiene que haberse originado antes de la declaración del concurso de acreedores y supondrán las siguientes ventajas:

  • Paralización de posibles ejecuciones o desahucios.
  • Paralización de intereses del importe, salvo en caso de garantías hipotecarias.
  • Reducción de la deuda en determinadas circunstancias.
  • Prolongación de plazos para reintegrar el dinero hasta 5 años después.
  • Acuerdo con los acreedores como oportunidad de negociación en situaciones, como convenios extrajudiciales o propuestas de acuerdos entre ambas partes.
  • Posibilidad de acogerse a la Propuesta Anticipada de Convenio, con quitas de hasta el 50% de la deuda y plazos de espera de 5 años. 
  • Levantamiento de ejecuciones judiciales sobre viviendas y otros tipos de activos.
  • Suspensión de embargos con los privilegios que supone esta paralización de bienes.
  • Éxito en casi el 100% de las demandas presentadas, en familias o personas físicas con deudas financieras de todo tipo.
  • Liberación o condonación de deudas para personas físicas y autónomos mediante mecanismos legales. 
  • Derecho a la inembargabilidad de alimentos y necesidades básicas de la familia, según las disposiciones de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  • Facilidades para evitar ejecuciones generales.
  • Posibilidad de enajenar activos para lograr recomponer la situación de endeudamiento.
  • Pagos anuales después de la firma del convenio cuando se obtiene fallo favorable, realizando el primer desembolso del pago después de un año de transcurrida la sentencia.
En Aequus Abogados, disponemos de profesionales especializados en diferentes áreas de derecho que le asesorarán y asistirán en todo el proceso de resolución de sus conflictos , dándole soluciones eficaces y satisfactorias
 

“25 años de experiencia
nos avalan”

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Av Profesor López Piñero, 4, 1º, Pta C3 46013 Valencia.          Tel. 963 73 51 95    

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