Comité Antifraude del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana

Comité Antifraude del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana

Orden VAU/1001/2024, de 17 de septiembre, por la que se crea el Comité Antifraude del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.


El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha creado un Comité Antifraude con el objetivo de controlar el uso de los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y velar porque la utilización de estos fondos europeos se ajuste al Derecho aplicable de la Unión Europea, así como a la legislación nacional.

Esto se detalla en una orden ministerial publicada en el BOE, donde se definen las funciones y la estructura de este nuevo organismo. Su creación responde a una exigencia del reglamento de la UE que establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Este reglamento obliga a los Estados miembros, que son beneficiarios o prestatarios de fondos comunitarios, a adoptar las medidas necesarias para proteger estos intereses en cuanto a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de interés. Para ello, los Estados deben establecer un sistema de control interno que sea eficaz y eficiente, y recuperar los fondos que hayan sido abonados de manera errónea o mal utilizados.

El Ministerio de Vivienda, según la orden, participa de manera significativa en la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España, actuando tanto como Entidad decisora como Entidad ejecutora.

Funciones:

Entre sus funciones se incluyen garantizar la correcta implementación de la política de lucha contra el fraude y del Plan de Medidas Antifraude del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana; supervisar y aprobar la evaluación de riesgos para los intereses financieros de la Unión Europea; y supervisar el Plan de control elaborado por el Coordinador del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, conforme a las directrices del Plan de Medidas Antifraude del Ministerio de Vivienda.

Además, se encargará de supervisar los nuevos indicadores de riesgo que se añadan a los ya contemplados en el Plan de Medidas Antifraude, los cuales podrá proponer el Coordinador del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, con el objetivo de definir la planificación de controles, priorizando las áreas donde se detecte un mayor riesgo.

Por otro lado, supervisará las revisiones periódicas o ad hoc realizadas por el Coordinador del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, emitiendo informes en caso de identificar un riesgo de conflicto de interés. Para llevar a cabo sus funciones, este comité podrá solicitar la información que considere necesaria de todos los órganos gestores involucrados en las actuaciones del Plan de Medidas Antifraude, que estarán obligados a proporcionarla. Finalmente, la orden establece que el funcionamiento del Comité Antifraude no conllevará un incremento del gasto público, y se llevará a cabo con los recursos materiales y personales del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.

 

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